ASIPONA Ensenada | Procedimiento para Transferencias en Recinto ASIPONA

Procedimiento para Transferencias en Recinto ASIPONA

Procedimiento para transferencias de Mercancias entre recintos fiscalizados

Lineamientos para transferencia EIT-API

  1. El Agente Aduanal presenta la solicitud de Transferencia, con la información Completa en 3 tantos (Anexo I) al recinto receptor API, acompañada de (BL revalidado a nombre de la agente aduanal que solicita).
  2. El recinto receptor API, asignara el número FAT que le corresponderá al consecutivo de la transferencia, Este número FAT estará compuesto de los siguientes datos:
    Ejemplo: FAT-078-0001-09
  3. Asignado el numero FAT el recinto receptor API, firma y sella la solicitud de Transferencia en todos los tantos correspondientes, El recinto de salida EIT sella y firma los tantos. (Todos los tantos deberán contar con los sellos de cada recinto).
  4. Aceptada la transferencia mediante solicitud, el recinto de salida EIT hará la transferencia vía electrónicamente.
  5. Una vez que el recinto receptor API confirme electrónicamente la transferencia a la agencia aduanal, se podrá realizar físicamente el movimiento entre recintos.
  6. Antes del ingreso del contenedor al recinto fiscalizado API, se revisara físicamente los datos asentados en la solicitud.
    1. En caso de no coincidir o tener algún dato inexacto se cancelara el ingreso al recinto fiscalizado y se dará a conocer a la aduana de las anomalías presentadas.
    2. En caso de coincidir documentalmente y físicamente se le dará ingreso al contenedor, se elaborara el EIR de entrada y se le pocisiona un lugar dentro del recinto para su posterior maniobra.
  7. Una vez dentro el contenedor la agencia aduanal será el encargado de solicitar previamente el servicio que corresponda al recinto fiscalizado mediante los sistemas electrónicos designados, asicomo a la empresa maniobrista.
  8. Si se percatan de algún accidente en patios o en el área de servicios a la carga se le dará a conocer al personal de API y maniobristas. Se Adjuntara un formato llenado por la empresa o la agencia aduanal para recabar la información del accidente y gestionar con el responsable el pago por los daños.
  9. Al momento de la salida del contenedor el recinto fiscalizado elaborara a petición del interesado el EIR de salida con costo adicional y entregando original del mismo al solicitante.
  10. Una vez realizado los servicios previos la agencia aduanal se dará de alta en sistema PSP , otorgándole una clave de acceso para que elabore su cotización de almacenaje.
  11. Ya elaborada la cotización se deberá dar aviso al personal de recinto fiscalizado y presentar a tesorería de API, para el pago del concepto de almacenaje.
  12. Para la solicitud de salida de las mercancías se deberá presentar pedimento debidamente pagado anexando bl revalidado y factura del pago de almacenaje.
    1. En caso de tener los días libre que por ley se otorga se presentara de igual manera el pedimento pagado anexando bl revalidado y copia del pago en caso de tener almacenaje.
    2. En caso de ser pedimento consolidado se presentara copia de la factura que se presente para su retiro y el pago correspondiente de almacenaje.
Fecha de Actualización: 02/06/2015 (18:13)