Procedimiento para Transferencias en Recinto ASIPONA
Procedimiento para transferencias de Mercancias entre recintos fiscalizados
Lineamientos para transferencia EIT-API
- El Agente Aduanal presenta la solicitud de Transferencia, con la información Completa en 3 tantos (Anexo I) al recinto receptor API, acompañada de (BL revalidado a nombre de la agente aduanal que solicita).
- El recinto receptor API, asignara el número FAT que le corresponderá al consecutivo de la transferencia, Este número FAT estará compuesto de los siguientes datos:
Ejemplo: FAT-078-0001-09 - Asignado el numero FAT el recinto receptor API, firma y sella la solicitud de Transferencia en todos los tantos correspondientes, El recinto de salida EIT sella y firma los tantos. (Todos los tantos deberán contar con los sellos de cada recinto).
- Aceptada la transferencia mediante solicitud, el recinto de salida EIT hará la transferencia vía electrónicamente.
- Una vez que el recinto receptor API confirme electrónicamente la transferencia a la agencia aduanal, se podrá realizar físicamente el movimiento entre recintos.
- Antes del ingreso del contenedor al recinto fiscalizado API, se revisara físicamente los datos asentados en la solicitud.
- En caso de no coincidir o tener algún dato inexacto se cancelara el ingreso al recinto fiscalizado y se dará a conocer a la aduana de las anomalías presentadas.
- En caso de coincidir documentalmente y físicamente se le dará ingreso al contenedor, se elaborara el EIR de entrada y se le pocisiona un lugar dentro del recinto para su posterior maniobra.
- Una vez dentro el contenedor la agencia aduanal será el encargado de solicitar previamente el servicio que corresponda al recinto fiscalizado mediante los sistemas electrónicos designados, asicomo a la empresa maniobrista.
- Si se percatan de algún accidente en patios o en el área de servicios a la carga se le dará a conocer al personal de API y maniobristas. Se Adjuntara un formato llenado por la empresa o la agencia aduanal para recabar la información del accidente y gestionar con el responsable el pago por los daños.
- Al momento de la salida del contenedor el recinto fiscalizado elaborara a petición del interesado el EIR de salida con costo adicional y entregando original del mismo al solicitante.
- Una vez realizado los servicios previos la agencia aduanal se dará de alta en sistema PSP , otorgándole una clave de acceso para que elabore su cotización de almacenaje.
- Ya elaborada la cotización se deberá dar aviso al personal de recinto fiscalizado y presentar a tesorería de API, para el pago del concepto de almacenaje.
- Para la solicitud de salida de las mercancías se deberá presentar pedimento debidamente pagado anexando bl revalidado y factura del pago de almacenaje.
- En caso de tener los días libre que por ley se otorga se presentara de igual manera el pedimento pagado anexando bl revalidado y copia del pago en caso de tener almacenaje.
- En caso de ser pedimento consolidado se presentara copia de la factura que se presente para su retiro y el pago correspondiente de almacenaje.