Celebración de Contratos Cesión Parcial de Derechos y Obligaciones
1. ¿En qué consiste la celebración de un contrato de cesión parcial de derechos?
Los interesados en ocupar áreas, construir y operar terminales, marinas e instalaciones portuarias, dentro de las áreas concesionadas a una administración portuaria integral, celebrarán contratos de cesión parcial de derechos, en los términos previstos en la Ley de Puertos y demás disposiciones aplicables.
2. ¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o moral de nacionalidad mexicana con plena capacidad de goce y ejercicio.
3. ¿Con quién dirigirse?
Con el Titular de la Gerencia Comercial.
4. ¿Algún teléfono para aclarar dudas?
Con la Coordinación de Contratos
Teléfono: (646) 178-2860 Ext. 70712.
Correo electrónico: contratos@puertoensenada.com.mx