Quiénes Somos
Acta Constitutiva
La Administración del Sistema Portuario Nacional Ensenada, S.A. de C.V. es una sociedad anónima de capital variable constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, mediante escritura pública número 30,965, de fecha 22 de junio de 1994, otorgada ante la fe del Lic. Jorge Antonio Sánchez Cordero Dávila, Notario Público número 153 de la Ciudad de México. La sociedad quedó inscrita en la Sección de Comercio del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Ensenada, Baja California, el 21 de julio de 1994, bajo la partida número 5005106.
Título de Concesión
El 30 de junio de 1994, el Gobierno Federal, por conducto de la entonces Secretaría de Comunicaciones y Transportes, otorgó a la Administración del Sistema Portuario Nacional Ensenada, S.A. de C.V. el Título de Concesión para la administración portuaria integral del puerto y recinto portuario de Ensenada, Baja California, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de septiembre de 1994.
Adendum al Título de Concesión
El 18 de junio de 1999, el Ejecutivo Federal por conducto de la entonces Secretaría de Comunicaciones y Transportes, otorgó a favor de la entonces Administración Portuaria Integral de Ensenada, S.A. de C.V., Adendum a su Título de Concesión, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto de 1999, mediante el cual, se modificó por primera vez el Título de Concesión.
Segundo Adendum al Título de Concesión
El 15 de diciembre de 2006, el Gobierno Federal, por conducto de la entonces Secretaría de Comunicaciones y Transportes, otorgó el Segundo Adendum al Título de Concesión a favor de la Administración del Sistema Portuario Nacional Ensenada, S.A. de C.V., mediante el cual se incorporó la administración portuaria del puerto y recinto portuario de El Sauzal, Baja California. Dicho instrumento fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de marzo de 2007.
Ampliación al Título de Concesión
Con fecha 16 de junio de 2008, el Gobierno Federal, por conducto de la entonces Secretaría de Comunicaciones y Transportes, otorgó a la Administración del Sistema Portuario Nacional Ensenada, S.A. de C.V., la Ampliación al Título de Concesión, mediante la cual se modificó la Condición Primera para incorporar el Puerto y Recinto Portuario de Costa Azul, en el municipio de Ensenada, Baja California. Dicho instrumento fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de noviembre de 2008.
Modificación al Título de Concesión
El 21 de octubre de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Primera Modificación al Título de Concesión otorgado a favor de la Administración del Sistema Portuario Nacional Ensenada, S.A. de C.V., mediante la cual se le autoriza el uso, aprovechamiento y explotación de bienes del dominio público de la Federación y de obras e instalaciones propiedad del Gobierno Federal, así como la construcción de obras, marinas, terminales e instalaciones portuarias y la prestación de servicios portuarios en el recinto portuario de Ensenada, Baja California.
Segunda Modificación al Título de Concesión
Con fecha 17 de junio de 2025, el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Marina, otorgó a la Administración del Sistema Portuario Nacional Ensenada, S.A. de C.V., la Segunda Modificación al Título de Concesión, mediante la cual se modificó la Condición Primera del Título de Concesión para desincorporar una superficie total de 41,700.357 metros cuadrados, integrada por 28,729.810 metros cuadrados de agua y 12,970.547 metros cuadrados de tierra, con el objeto de ceder dichas áreas a la Secretaría de Marina para el desarrollo de actividades navales, fortaleciendo las capacidades de seguridad, vigilancia y operación marítima en el Puerto de Ensenada. Dicho instrumento fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2025.
Tercer Adendum al Título de Concesión
Con fecha 20 de junio de 2025, el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Marina, otorgó a la Administración del Sistema Portuario Nacional Ensenada, S.A. de C.V., el Tercer Adendum al Título de Concesión, mediante el cual se modificó la Condición Primera del Título de Concesión para incorporar diversas superficies de agua destinadas a la ampliación del rompeolas principal del Puerto de Ensenada, el área de fondeadero en la Bahía de Todos Santos, el Recinto Portuario del Puerto de Rosarito y una superficie marítima colindante con la zona conocida como Baja Mar, fortaleciendo el desarrollo portuario, logístico y marítimo de la región. Dicho instrumento fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2025.
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