Entrada en vigor del Código Internacional para la Protección de Buques e Instalaciones Portuarias en el Puerto de Ensenada  
Como consecuencia de los actos terroristas del 11 de septiembre de 2001, se han derivado diversas gestiones a nivel internacional en materia de seguridad, llegando hasta la Organización Marítima Internacional (OMI) que, a través de enmiendas al Convenio relativo a la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, generó el Código Internacional de Protección de Buques e Instalaciones Portuarias, donde México, como país miembro de la OMI, debe cumplir con lo dispuesto en el citado documento.

Este Código entró en vigor a nivel mundial el pasado 1ro. de julio y fue publicado el día de ayer en el DOF, siendo aplicable a las 24 Administraciones Portuarias Integrales de nuestro Sistema Portuario, por lo que una serie de medidas de seguridad, adicionales a las existentes, están siendo implementadas, a fin de cumplir con lo establecido en el Código, y continuar realizando una importante cantidad de actividades en el puerto, como son la continuidad de los arribos de embarcaciones en navegación de altura con carga general, graneles, contenedores, cruceros turísticos así como el arribo de embarcaciones de mas de 500 toneladas de registro bruto.

Cabe señalar que los cesionarios de API’s que operen terminales, patios de almacenamiento o cualquier instalación que tenga como propósito el manejo de carga o la atención de pasajeros en tráfico internacional, están obligados a cumplir con dicho Código, y establecer medidas para incrementar la protección de sus instalaciones. Así mismo, todos los usuarios del puerto formarán parte activa de lo dispuesto en el mismo, ya que son sujetos siguientes medidas de control:

PEATONES

a. Uso de gafete* obligatorio el cual deberá ser mostrado al momento de ingresar y a la salida.
b. En caso de no contar con gafete, tramitar un pase de visitante justificando el motivo del ingreso y presentando una identificación oficial.
c. Para las tripulaciones de embarcaciones y prestadores de servicios (talleres, suministros, etc), deberá presentarse una identificación oficial la cual será corroborada en los listados provistos por la empresas autorizadas.
d. Se revisarán los paquetes, maletas y mochilas que los usuarios lleven consigo. Las revisiones son sistemáticas.
e. El usuario deberá portar su gafete en todo momento mientras permanezca en el puerto.

VEHÍCULOS

a. Uso de gafete* obligatorio el cual deberá ser mostrado al momento de ingresar y a la salida.
b. En caso de no contar con gafete, tramitar un pase de visitante justificando el motivo del ingreso y presentando una identificación oficial.
c. Para las tripulaciones de embarcaciones y prestadores de servicios (talleres, suministros, etc.) deberá presentarse una identificación oficial la cual será corroborada en los listados provistos por la empresas autorizadas, así como el personal que tiene autorizado vehículos operativos.
d. Se revisarán aleatoriamente los interiores del vehículo (guantera y cajuela), los paquetes, maletas y mochilas que se detecten en el interior.
e. El usuario deberá portar su gafete en todo momento mientras permanezca en el puerto.

VEHICULOS DE CARGA

a) Todos los vehículos de carga son sujetos de revisión por lo que serán inspeccionados previa su entrada al puerto en el punto de revisión ubicado frente a la caseta de acceso No. 1.
b) La revisión abarca al vehículo y a su conductor.
c) La carga que no se presente en un contenedor cerrado (carga contenerizada, cajas, bolsas, etc.) es sujeta de revisión.
d) Todas las revisiones de los vehículos y su carga son en presencia de el personal de vigilancia.
e) Una vez terminada la revisión se entregará un tarjetón que acreditará la entrada del vehículo y su ocupante al puerto.

MEDIDAS DE PROTECCION ADICIONALES

1. Para el ingreso a las Oficinas de API los usuarios deberán registrarse en la Bitácora de Visitantes y en su caso obtener el gafete indicativo del área a la que se dirige.
2. Todas las áreas interiores del puerto incluidas las oficinas, están siendo monitoreadas con circuito cerrado de televisión.
3. Los niveles de protección serán elevados cuando existan comunicaciones por parte del Gobierno Mexicano por lo que los chequeos, controles y registros serán mas estrictos.

* Los gafetes para ingresar al puerto son tramitados de 8:00 a 12:00 hrs de lunes a viernes

Estas son algunas de las principales medidas enfocadas a mantener el Puerto con niveles de seguridad con estándares internacionales.

En API Ensenada, el Capitán Gustavo Alcudia Estrada, Oficial de protección del puerto, es la persona responsable de atender todo lo relativo a la implementación del Código de Protección de Buques e Instalaciones Portuarias para mayor información comunicarse al teléfono 178-28-60 o al correo electrónico proteccion@apiensenada.com.mx o bien consultar nuestro sitio de internet www.puertoensenada.com.mx